Cuando la empresa no acude al acto de conciliación, el procedimiento sigue adelante. Incluso puede implicar una condena en costas si el trabajador apetito el causa. Lo mismo ocurre si no comparece al causa: no se suspende, y el árbitro decide con lo que tenga en el expediente.Documento que acredita que se ha intentado alcanzar un acuerdo extrajud